La Corte Suprema acogió 12 recursos de protección presentados contra las isapres Consalud, Colmena, Cruz Blanca, Vida Tres, Banmédica y Nueva Más Vida, y les ordenó suspender las alzas anuales de 7,6 por ciento aplicadas a sus planes base de salud.
Según informó el Poder Judicial en su sitio web, las sentencias fueron dictadas por la Tercera Sala del máximo tribunal (que integran los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Jean Pierre Matus), e imponen «una serie de medidas destinadas a comunicar a las isapres, la Superintendencia de Salud y las Cortes de Apelaciones del país las decisiones para resolver casos similares».
En su fallo, los jueces establecieron que hubo «actuar arbitrario de las isapres al comunicar de manera general el alza de los planes a los afiliados sin entregar mayores antecedentes que justifiquen el incremento de estos (…) y sin fundamentar su decisión más allá de las razones que dio la Superintendencia de Salud para justificar los incrementos», se explica.
«La sola mención genérica de un supuesto incremento de costos informado a la Superintendencia de Salud no es suficiente para cumplir con las exigencias» legales, advierte la Suprema en su fallo, que atribuye a las aseguradoras «argumentaciones vagas y genéricas, que, en realidad, nada ilustran».
«Esta Corte no puede dejar de señalar que el acto sustancialmente recurrido en esta causa no es propiamente la carta por la que la recurrida comunica a la recurrente la decisión de proponer una variación porcentual de los precios base de todos los planes de salud que administra en el máximo permitido por el indicador fijado al efecto por la Superintendencia de Salud, sino esa decisión propiamente tal», agrega la sentencia.
«Las isapres, al prestar un servicio de seguridad social estrictamente regulado y que impone —como en el presente caso— la motivación de las decisiones que afecten a sus afiliados, se sujetan a similares exigencias que los órganos de la administración para justificar la razonabilidad de sus actos», advierte también la Corte Suprema.