En la Tercera Sesión Extraordinaria del CORE con carácter de solemne, asumirá sus cargos el primer Gobernador Regional electo y nuevo presidente del Consejo Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, Jorge Flies Añón. La ceremonia se llevará a cabo a partir de las once horas en el teatro municipal José Bohr de Punta Arenas, el próximo miércoles 14 de julio.
El presidente del CORE, Tolentino Soto, señaló que se trata de un hecho histórico que marcará un nuevo hito en el proceso de descentralización de los Gobiernos Regionales. “Dado el contexto de pandemia que nos afecta será una sesión sobria y austera pero muy simbólica, uno de los actos republicanos y democráticos más importantes del último tiempo. A partir de ahora contaremos con una primera autoridad regional electa, la cual además presidirá y será parte del Consejo Regional, organismo que también es elegido por la ciudadanía. Debemos seguir avanzando en descentralización, este es un proceso que está comenzando y cada día las regiones deben ser más autónomas”, afirmó.
La participación tanto de autoridades como de público en el recinto será acotada debiendo ajustarse estrictamente a las medidas y aforos permitidos por la autoridad sanitaria para evitar la propagación del virus COVID-19.
Cabe mencionar, que algunas de las facultades que tendrá el Gobernador Regional, en su calidad de órgano ejecutivo del Gobierno Regional de acuerdo a la Ley 21.074 serán: Formular políticas de desarrollo, considerando las políticas y planes comunales utilizando criterios orientados a reducir la pobreza, fomentar la creación de empleos y todos aquellos que estén destinados a promover el desarrollo de los habitantes de la región. Someter al consejo regional las políticas, estrategias y proyectos de planes regionales.
Además, proveer la ejecución de políticas, estrategias y planes de desarrollo regional. Someter al consejo regional el proyecto de presupuesto del gobierno regional. Proponer al consejo regional la distribución de los recursos de los programas de inversión del gobierno regional, así como de las inversiones sectoriales de asignación regional. Proponer al consejo regional la celebración de los convenios de programación. Proponer al consejo regional los proyectos reglamentos regionales que regulen materias propias de la competencia del gobierno regional, en conformidad a las leyes y a los reglamentos supremos correspondientes. Representar judicial y extrajudicialmente al gobierno regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el consejo. Velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa. Ejercer la administración de los bienes y recursos propios del gobierno regional, con sujeción a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y a las normas que el consejo regional pueda adoptar sobre la materia.
Al mismo tiempo, deberá administrar, en los casos que determine la ley, los bienes nacionales de uso público. Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo. Dictar las resoluciones e instrucciones que estime necesarias para el ejercicio de sus atribuciones. Promulgar, previo acuerdo del consejo regional, el plan regional de ordenamiento territorial, los planes reguladores metropolitanos e intercomunales, comunales y seccionales. Someter al consejo regional la propuesta de territorios como zonas rezagadas y su respectivo plan de desarrollo, el plan regional de desarrollo turístico y el anteproyecto regional de inversiones, entre otras.