Este lunes se dio a conocer un oficio de la jueza del 4º Tribunal de Juicio Oral, Geni Morales, por medio del cual le exige a TVN informar las fuentes utilizadas en un reportaje sobre el “Pacogate“, es decir, el fraude al interior de Carabineros.
En detalle, la investigación fue emitida en el programa Informe Especial, el 28 de septiembre del presente año, y en ella se daba cuenta de delitos de malversación de caudales públicos, asociación ilícita, falsificación de documentos y lavado de activos, al interior de policía militar.
Bajo ese contexto, la jueza Geni Morales exige a TVN informar “cómo y cuándo obtuvo acceso a la evidencia probatoria contenida en la carpeta investigativa, la que fue exhibida en el reportaje emitido”.
En específico, la magistrado solicitó al canal público “informar la fuente y el origen de tal información”, al igual que notificar “si mantiene mayores evidencias y antecedentes que los exhibidos, atingentes al caso de Carabineros, referido en el Informe Especial señalado”.
Además, en el oficio se establece que TVN “deberá informar las fechas en las que se concretaron las entrevistas del fiscal don Eugenio Campos Lucero y el consejero del CDE Don Daniel Martorell Correa, asimismo, las fechas de las entrevistas de los testigos don Claudio Venegas y don Tulio Muñoz”.
Para todo lo anterior, la jueza Geni Morales estableció que “la respuesta a las consultas será emitida dentro de dos días hábiles, la que deberá estar en poder del tribunal a más tardar el 3 de octubre de 2022, a las 16:00 horas”.
Por su parte, fuentes al interior de TVN indicaron a ADN que dicho oficio será respondido por la señal estatal, amparada en Ley de Prensa (n.º 19.733), la cual en su artículo 7 manifiesta el derecho de las y los periodistas a mantener en reserva sus fuentes.
“Los directores, editores de medios de comunicación social, las personas a quienes se refieren los artículos 5° y 6° (periodistas) y los corresponsales extranjeros que ejerzan su actividad en el país, tendrán derecho a mantener reserva sobre su fuente informativa, la que se extenderá a los elementos que obren en su poder y que permitan identificarla y no podrán ser obligados a revelarla ni aun judicialmente”, consagra dicho numeral, de acuerdo a lo establecido en la Biblioteca del Congreso Nacional.