Las 18 conductas no permitidas hacia los trabajadores y que entran en vigencia con la Ley Karim

1 de agosto de 2024

A partir del jueves 1 de agosto entra en vigencia la 21.643, más conocida como la Ley Karin, la cual sanciona el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.

Dicha normativa toma su nombre en memoria de Karin Salgado, quien fue una TENS que se quitó la vida luego de sufrir reiteradas situaciones de acoso en su espacio laboral.

La norma tiene por objetivo fomentar un entorno laboral libre de violencia y acoso. Así la Ley Karin está orientada a prevenir, sancionar e investigar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo, ya sea en el sector público o en el sector privado.

Junto con lo anterior, se establecerá como obligación en todas las empresas y órganos del Estado un protocolo de prevención contra el acoso laboral.

Acorde a la Ley Karin, existe un listado que incluye un total de 18 conductas que implican menoscabo hacia los trabajadores por lo que no serán permitidas con la nueva normativa. En caso de que se cometa alguna de estas en un espacio laboral, significará una sanción. 

A continuación la lista completa:

  • El superior restringe a un subordinado las posibilidades de hablar.
  • Cambiar la ubicación de un trabajador separándolo de sus compañeros.
  • Prohibir a los compañeros que hablen a un trabajador determinado.
  • Obligar a alguien a ejecutar tareas en contra de su conciencia.
  • Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.
  • Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
  • No asignar tareas a un trabajador, asignarle tareas sin sentido o muy por debajo de sus capacidades.
  • Asignar tareas degradantes a un trabajador.
  • Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
  • Rehusar la comunicación con un trabajador a través de miradas y gestos, no comunicarse directamente con él o no dirigirle la palabra.
  • Tratar a un trabajador como si no existiera.
  • Criticar constantemente la vida privada de un trabajador.
  • Terror telefónico llevado a cabo por el acosador.
  • Hacer parecer estúpido a un trabajador.
  • Dar a entender que un trabajador tiene problemas psicológicos.
  • Burlarse de las discapacidades de un trabajador.
  • Imitar con burla los gestos y voces de un trabajador.
  • Mofarse de la vida privada de un trabajador.
Escrito por: Redacción ZonaZero