Poco mas de 10 horas duró la sesión del Pleno de la Convención Constitucional, instancia en la que estuvo en discusión el informe completo de la Comisión de Medio Ambiente, que contaba con 52 artículos que tratan de impacto ambiental, contaminación, energía, derechos de agua y minería.
Por 117 votos a favor, 24 en contra y 9 abstenciones, se aprobó que “el Estado debe proteger las aguas, en todos sus estados y fases, y su ciclo hidrológico. El agua es esencial para la vida y el ejercicio de los derechos humanos y de la naturaleza”.
Además, por 124 votos a favor, 10 en contra y 17 abstenciones que “siempre prevalecerá el ejercicio del derecho humano al agua, el saneamiento, y el equilibrio de los ecosistemas”, y se aclaró además que será la legislación chilena la encargada de determinar los demás usos. Las autorizaciones para el uso del agua serán reguladas por la Agencia Nacional de Aguas, y no podrán ser para usos comerciales.
Rodrigo Mundaca, gobernador de Valparaíso y activista ambiental, recalcó que las políticas públicas actuales, con respecto a las aguas, no pueden quedar en vigencia. “Hablar de sentido común significa recuperar el agua para nuestras comunidades y territorios. Del agua depende la vida de las personas, la vida de los vegetales, mantención de nuestros ecosistemas, el desarrollo de economías locales. Es imposible continuar con este modelo de lucro, de usura y exclusión que existe en nuestros territorios”, comentó Mundaca.
La convencional independiente por la lista Movimientos Independientes del Norte, Cristina Dorador, destaco la discusión amplia que se dio en minería. “Estamos avanzando y se va concretando un anhelo transversal que es tener una constitución con un sello ecológico”, señaló la convencional.
Rodrigo Álvarez , convencional UDI, comentó que “este nuevo informe de la comisión es un mal informe. Creemos que aleja a Chile un poco más del desarrollo, del crecimiento y de la generación de buenos empleos.”
Con respecto al Estatuto Constitucional de los Minerales, precisamente el artículo 22, el cual sostiene que “el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y las sustancias minerales, metálicas, no metálicas, y los depósitos de sustancias fósiles e hidrocarburos existentes en el territorio nacional, sin perjuicio de la propiedad sobre los terrenos en que estuvieren situadas”. El artículo fue aprobado con 121 votos a favor, 4 en contra y 22 abstenciones.
“La exploración, explotación y aprovechamiento de estas sustancias se sujetará a una regulación que considere su carácter finito, no renovable, de interés público intergeneracional y la protección ambiental”, detalla el inciso aprobado.