Reforma de pensiones se publicó en el Diario Oficial y partieron los plazos de implementación

26 de marzo de 2025

Ya empezaron a regir los plazos para implementar los distintos cambios al sistema de pensiones. Y así se comenzarán a plasmar durante los siguientes meses:

Desde agosto de este el empleador empezará a aportar un 0,1% todos los meses a la cuenta individual del trabajador. Hay que recordar que esta cotización la paga el empleador, por lo que no se descuenta del sueldo imponible. Esta cotización irá aumentando gradualmente hasta llegar al 4,5% en 2033.

En septiembre, el monto de la PGU aumentará hasta alcanzar los $250.000 para aquellas personas que tienen 82 o más años. Desde septiembre de 2026, los que tienen 75 o más podrán optar a este aumento y desde septiembre 2027, los que tienen 65 o más.

Desde enero 2026 se empezará a pagar el beneficio por años cotizados a afiliados que se encuentren pensionados a esa fecha y cumplan los requisitos.Además, la compensación a mujeres por mayor expectativa de vida es un aporte extra que se empezará a pagar a las mujeres que se encuentren pensionadas a esa fecha con el fin de igualar la pensión de las mujeres con respecto a la de los hombres que tengan el mismo saldo, grupo familiar y edad.

Respecto de los ahorros voluntarios seguirán siendo de quienes los hacen, manteniendo los mismos beneficios tributarios y condiciones actuales. Lo único que cambiará es la forma en que se invierten.

A partir de abril 2027, los 5 Multifondos serán reemplazados por al menos 10 Fondos Generacionales, aumentando así la cantidad de fondos entre los que se podrá optar para los ahorros voluntarios.

Asimismo, en los próximos años se van a ir implementando importantes modificaciones al sistema actual, como por ejemplo, los nuevos fondos generacionales, licitación de afiliados, posible entrada de nuevos administradores, entre otros.

Por último, cabe recordar que desde el año 2019 todos los trabajadores independientes que emiten boletas deben cotizar en forma obligatoria. Este pago se realiza en forma anual a través del proceso de Declaración del Impuesto a la Renta.

La ley establece una gradualidad respecto a la renta imponible a utilizar para el cálculo de las cotizaciones previsionales de salud (7%) y previsionales (10%).

Es así como en cada Operación Renta los trabajadores pueden optar por pago total o parcial. En el caso de la Operación Renta 2025, si eligen cobertura parcial, el cálculo de las cotizaciones previsionales se realizará sobre el 70% de su renta imponible. Este porcentaje de cotización parcial se irá incrementando cada año, hasta la Operación Renta 2028, cuando ya no existirá la posibilidad de optar por cobertura parcial.

Escrito por: Redacción ZonaZero