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La publicación nacional que aclara “el tiro por la culata” del consejero regional republicano tras denuncia

A propósito de la denuncia del consejero regional del Partido Republicano en Magallanes, Alejandro Riquelme Ducci, en el Servicio Electoral (Servel) por supuesto incumplimiento de la ley que regula las campañas políticas, en contra de la convencional constituyente Elisa Giustinianovich Campos y de profesionales de la comunicación que apoyan su trabajo, el medio de comunicación El Mostrador (www.elmostrador.cl) aclaró una confusión que se quiso generar al respecto, y de paso dejó al descubierto el poco manejo del denunciante en el tema.

El reconocido medio nacional comienza la nota diciendo que “La denuncia no solo era injustificada sino también reveló el poco dominio del consejero respecto de la señalada ley. Las actividades de la convencional –según se señaló– se enmarcan en las obligaciones que tienen las y los convencionales de difundir el proceso constituyente. Y fuera de eso, la ley es muy clara: “No se entenderá como propaganda electoral la difusión de ideas o de información sobre actos políticos realizados por personas naturales”.

El medio señaló que ante la denuncia, la convencional, su equipo de asesores, la Coordinadora Social de Magallanes, el Consejo Regional del Colegio de Periodistas y Anef Magallanes, explicaron –mediante declaración pública– por qué no estarían trabajando fuera de la legalidad, acusando además de hostigamiento al militante republicano. En ella, aseguran que estas acciones son parte de las obligaciones que tienen las y los convencionales de difundir el proceso constituyente, con el objetivo de compartir “información fidedigna y contrastada acerca de las normas que se están aprobando, que sirva además para contrarrestar la campaña de noticias falsas y tergiversaciones que un sector político –minoritario en la Convención, pero mayoritario en la propiedad de medios masivos– está llevando adelante”. 

El Mostrador además publica que en términos legales, Giustinianovich apunta a que “toda información y opinión que entregamos durante esta etapa previa a la entrega del borrador de Nueva Constitución, está en el marco del ejercicio de nuestra libertad de expresión sin censura previa”.

Específicamente, en la declaración se cita el Decreto con Fuerza de Ley Nº 2, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios Nº18.700: “Se entenderá por propaganda electoral, para los efectos de esta ley, todo evento o manifestación pública y la publicidad”. En contraposición, su inciso segundo señala lo siguiente: 

“No se entenderá como propaganda electoral la difusión de ideas o de información sobre actos políticos realizados por personas naturales. Tampoco lo serán aquellas actividades que las autoridades públicas realicen en el ejercicio de su cargo, ni aquellas actividades habituales no electorales propias del funcionamiento de los partidos políticos constituidos o en formación” .

Finalmente, afirman que “el derecho a la información es un derecho humano, y limitar su ejercicio es un peligro para la democracia. Por lo tanto, refutamos contundentemente este acto de persecución política y exigimos que quienes se erigen como fiscalizadores de la administración pública y la probidad, utilicen la plataforma que le ofrece su cargo con ética y responsabilidad, pues de lo contrario se convierten en instrumentos de la desinformación, tan propio de quienes defienden la campaña del Apruebo”.