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Corte Suprema dictamina que viajar con licencia no autorizada es falta grave a la probidad

La Corte Suprema confirmó la actuación de la Municipalidad de Punta Arenas en el tratamiento de casos asociados al uso indebido de licencias médicas, al rechazar un recurso de protección presentado por un funcionario destituido tras viajar al extranjero mientras se encontraba con licencia vigente. El fallo ratifica que el procedimiento administrativo se ajustó a derecho y que no existió arbitrariedad en la sanción aplicada.

En su sentencia, el máximo tribunal estableció que el recurso de protección no constituye la vía idónea para revisar el mérito ni la proporcionalidad de las sanciones disciplinarias, cuando estas derivan de un sumario debidamente tramitado. Asimismo, recordó que la normativa vigente autoriza la destitución cuando se configura una infracción grave al principio de probidad administrativa.

El alcalde de Punta Arenas, Claudio Radonich, señaló que se trató de procesos complejos desde el punto de vista institucional, dado que involucraron a funcionarios con una extensa trayectoria. “Lo que se hizo fue instruir sumarios legalmente tramitados, a partir de una denuncia de la Contraloría Regional, respecto de personas que, estando con licencia médica, viajaron fuera del país”, indicó.

El jefe comunal agregó que durante todo el proceso se adoptaron los resguardos necesarios para asegurar su correcta tramitación. “Fue un trabajo realizado por fiscales administrativos, con especial cuidado, precisamente por la relevancia de estos casos. Eso ha sido reconocido tanto por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, como ahora por la Corte Suprema”, afirmó.

Radonich subrayó que los fallos entregan certeza jurídica sobre la actuación municipal. “Si uno revisa las sentencias, en todos los casos se reconoce, en primer término, la legalidad del procedimiento. Como municipio tenemos la tranquilidad de que estos sumarios se llevaron adelante con responsabilidad y apego a derecho”, sostuvo.

Desde el municipio señalaron que la resolución del máximo tribunal reafirma el estándar de probidad exigido a los funcionarios públicos y valida el ejercicio de la potestad disciplinaria cuando esta se ajusta a la normativa vigente y a los procedimientos establecidos.

Redacción ZonaZero.cl