La Corte Suprema de Chile rechazó una nueva acción judicial presentada por la comunidad indígena Pu Wapi
La Corte Suprema de Chile rechazó una nueva acción judicial presentada por la comunidad indígena Pu Wapi, en su persistente esfuerzo por preservar áreas marítimas bajo la Ley Lafkenche (Ley N° 20.249). El fallo, emitido por la Tercera Sala y reportado el 18 de febrero de 2026, declaró inadmisible la declaración de incumplimiento de sentencia solicitada por la comunidad.
El caso se remonta a solicitudes de Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios (ECMPO) en la región de Aysén, específicamente en las zonas de Cisnes e Islas Huichas, que abarcan más de 620 mil hectáreas de territorio marítimo. Estas peticiones buscan reconocer derechos ancestrales y usos consuetudinarios de pueblos originarios en el borde costero, en un contexto de tensiones con la industria acuícola (principalmente salmonera).
Previamente, la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC) de Aysén rechazó las solicitudes en febrero de 2024. Tras un fallo favorable de la Suprema que ordenó repetir la votación con mayor fundamentación, la comisión las rechazó nuevamente de forma unánime en diciembre de 2025. La comunidad alegó incumplimiento, argumentando que se reiteraron fundamentos ya anulados y se omitió un análisis serio de compatibilización con el fin protector de la Ley Lafkenche.
Pese al revés —primero en la Corte de Apelaciones de Coyhaique y ahora en el máximo tribunal—, los abogados de Pu Wapi anunciaron que continuarán su ofensiva legal para impugnar el rechazo, especialmente al ECMPO Cisnes.
En el rechazo de diciembre de 2025, la CRUBC reiteró argumentos similares, lo que llevó a la comunidad a alegar incumplimiento. La Corte Suprema argumentó, en segundo término, que —aunque no lo señalaron los jueces recurridos— si se estimara incumplimiento, el acto debe impugnarse vía recurso de reclamación y posterior protección judicial. Insistir en cumplimiento incidental generaría un bucle procesal y un vaciamiento de la tutela judicial efectiva, perpetuando el litigio sin resolución definitiva.
Las comunidades ya interpusieron un recurso de reclamación contra la resolución de diciembre 2025. La CRUBC votará su admisibilidad el 2 de marzo de 2026. Si se rechaza, las comunidades recurrirán nuevamente a la Corte de Apelaciones de Coyhaique y, eventualmente, a la Suprema, repitiendo el ciclo judicial para retrotraer la tramitación a la votación.
