Presentan denuncia en el TER por inscripciones indebidas en el padrón electoral de Río Verde

7 de agosto de 2024

Se presentó ante el Tribunal Electoral Regional (TER), presidido por la Magistrado Caroline Turner, una impugnación por la inscripción indebida de una cantidad significativa de personas recientemente incorporadas en el último mes al Padrón Electoral de la Comuna de Río Verde. Jorge Espinoza Vásquez, actual concejal de la comuna y candidato a alcalde, indico: “Expresamos nuestra profunda preocupación al descubrir que entre los nuevos inscritos en el padrón de la comuna se encuentran personas que, alarmantemente, ni siquiera residen en la región de Magallanes. Además, hemos identificado a individuos que carecen de cualquier vínculo evidente con nuestra comuna. Esta situación no solo plantea serias dudas sobre la legitimidad del proceso de inscripción, sino que también constituye una grave irregularidad que debe ser abordada con urgencia.”

“El hecho de que personas ajenas a nuestra región puedan inscribirse en el padrón
electoral es, en sí mismo, una violación flagrante de los principios de legalidad y
transparencia que deberían regir estos procesos. Es inaceptable que se permita la
inclusión de individuos sin una conexión legítima con la comuna, lo que podría resultar
en una distorsión de la representatividad y un atropello a los derechos de los residentes
auténticos». dijo Espinoza.
Al mismo tiempo, afirmó que «esta situación no puede ser ignorada ni minimizada. Es crucial que las autoridades responsables investiguen a fondo estas irregularidades y tomen medidas decisivas
para rectificar la situación. La integridad del proceso electoral y la justicia para los
verdaderos residentes de nuestra comuna dependen de una pronta y rigurosa respuesta
a estos abusos.”

Cabe recordar que de acuerdo al artículo 54 de la Ley 18.556, cualquier persona que declare o actualice
su domicilio electoral proporcionando datos falsos o un domicilio diferente al permitido
por el artículo 10 de la misma ley, enfrentará una pena de reclusión menor en su grado
mínimo y una multa que va de diez a cien unidades tributarias mensuales (entre
aproximadamente $659,000 y $6,590,000). Esta disposición se aplica a quienes no
tienen un vínculo objetivo con la comuna, ya sea porque no residen, estudian o trabajan
en el lugar.

Es fundamental destacar que esta ley regula estrictamente el fenómeno del acarreo
electoral y establece sanciones severas para quienes lo practiquen.
Finalmente indico que: “en respuesta a la situación actual, llevaremos esta denuncia a
todas las instancias posibles. Presentaremos los antecedentes pertinentes ante la
Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social para solicitar un cruce de
información entre la Ficha de Protección Social y los domicilios actuales declarados en
el padrón electoral. Esta acción es crucial para garantizar la integridad del proceso
electoral y asegurar que solo los residentes legítimos participen en las elecciones
municipales.”

Escrito por: Redacción ZonaZero