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Documentos oficiales desmienten versión de seremi Alvarado sobre absolución y sumarios

El seremi de Educación de Magallanes, José Raúl Alvarado, enfrenta nuevos cuestionamientos tras afirmar públicamente que fue absuelto en una causa por conducción bajo la influencia del alcohol, pese a que antecedentes judiciales indican lo contrario.

La autoridad abordó las acusaciones en su contra durante una entrevista en el matinal “Una mañana en Familia” de ITV Patagonia, donde también negó denuncias durante su gestión como director del Liceo Industrial de Punta Arenas entre marzo de 2024 y diciembre de 2025. Según sostuvo, el establecimiento funcionó con normalidad y cualquier situación compleja fue informada oportunamente al sostenedor.

Sin embargo, más allá de su defensa administrativa, uno de los puntos más sensibles de su declaración quedó rápidamente en entredicho.

Afirmación de absolución contradice registros judiciales

Consultado por el caso ocurrido en 2019 en Valdivia por conducción bajo la influencia del alcohol, Alvarado aseguró que “la justicia lo absolvió”.

No obstante, documentos judiciales publicados por ZonaZero.cl recientemente indican que el tribunal sí dictó una condena en su contra, la cual fue posteriormente cumplida, dando paso al cierre de la causa. Es decir, no se trató de una absolución, sino de una sentencia ejecutoriada con sanciones.

En términos legales, la figura de “absolución” implica que un tribunal determina que no existe responsabilidad penal del imputado, lo que no es compatible con la existencia de una condena previa ni con la aplicación de sanciones como la suspensión de la licencia de conducir.

Según la norma un tribunal sí puede ordenar la devolución de la plata de una multa por conducir bajo los efectos del alcohol (o estado de ebriedad) y la suspensión de licencia, pero esto solo ocurre bajo circunstancias excepcionales y tras un proceso legal exitoso. Por ejemplo, que haya habido una falla en los resultados del alcotest, o no coincidan los resultados con la muestra de sangre.

Asimismo, cabe señalar que es una infracción grave. Con 0,55 gramos de alcohol por litro de sangre, el acusado se sitúa en el rango de “bajo la influencia del alcohol” (sobre 0,3 g/l) en Chile, lo que conlleva multas, suspensión de licencia y pone en riesgo la seguridad al disminuir reflejos y visión. 

En nuestro país, conducir con una alcoholemia entre 0,3 y 0,8 gramos de alcohol por litro de sangre configura el delito de conducción bajo la influencia del alcohol.

El nivel de 0,55 gramos (como el que figura en este caso) se encuentra dentro de ese rango y conlleva sanciones que pueden incluir multas, suspensión de la licencia de conducir (como ocurrió en este caso, por tres meses) y antecedentes penales.

Por lo tanto, no se trata de una falta menor ni administrativa, sino de un ilícito sancionado por la legislación vigente.

Documento del SLEP desmiente al seremi: Sí hubo sumario y medidas de resguardo por denuncias en Liceo Industrial

Un documento oficial del Servicio Local de Educación Pública (SLEP) de Magallanes contradice la versión entregada por el seremi de Educación, José Raúl Alvarado, respecto a la inexistencia de investigaciones y medidas administrativas en su contra.

Según consta en un correo institucional fechado en noviembre de 2025, el SLEP instruyó una investigación sumaria a través de la Resolución Exenta N° 2449-2025, con el objetivo de indagar denuncias formuladas contra quien entonces se desempeñaba como director del Liceo Industrial Bicentenario de Punta Arenas.

El mismo documento da cuenta de la adopción de medidas de resguardo en favor del denunciante, consideradas en función de la gravedad de los hechos y las condiciones laborales del establecimiento. Entre ellas, se dispuso la modificación de la jornada laboral y supervisión directa mientras se desarrollaba el procedimiento.

Estos antecedentes contrastan con lo señalado públicamente por la autoridad, quien ha sostenido que no existieron sumarios ni acciones de este tipo durante su gestión.

Lejos de cerrar la polémica, la existencia de este documento abre un nuevo flanco, al evidenciar que sí hubo actuaciones administrativas formales frente a denuncias, lo que instala dudas sobre la veracidad de las declaraciones del seremi.

La contradicción entre lo señalado por la autoridad y los documentos judiciales abre un nuevo flanco, esta vez relacionado con la veracidad de sus declaraciones públicas.

Más aún cuando se trata de una autoridad educacional, cuyo rol implica no solo gestión administrativa, sino también un estándar de conducta y probidad frente a la comunidad.

Equipo Investigación ZonaZero.cl