La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) ordenó adjuntar de forma automática un documento informativo a todas las licencias médicas electrónicas emitidas en el país para clarificar las reglas de cumplimiento.

Las licencias médicas electrónicas en Chile comenzaron a emitirse con un anexo obligatorio orientado a detallar los derechos, deberes y prohibiciones que deben cumplir los trabajadores durante su período de reposo.

La medida fue instruida por la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) a las plataformas operadoras Imed y Medipass. De esta forma, cada vez que un médico, cirujano-dentista o matrona emita una licencia, el sistema adjuntará automáticamente este documento informativo a la copia del trabajador.

Desde el organismo fiscalizador advirtieron que no respetar estas indicaciones puede conllevar serias consecuencias, tales como el rechazo de la licencia, la pérdida del Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) o incluso la aplicación de sanciones administrativas y judiciales.

Guía de cumplimiento: Permisos y prohibiciones

El instructivo redactado por la Suseso detalla expresamente las siguientes reglas durante el período de descanso médico:

Permitido

  1. Ausencia laboral y subsidio: Ausentarse del trabajo y recibir el Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) que reemplaza la remuneración.
  2. Desplazamientos por salud: Salir del domicilio para controles, exámenes o tratamientos médicos vinculados a la dolencia que originó la licencia.
  3. Salidas en licencias psiquiátricas: En el caso de licencias de origen psiquiátrico, está permitido salir del domicilio y realizar desplazamientos dentro del territorio nacional.
  4. Fiscalización: La Compin o la Isapre quedan facultadas para verificar el cumplimiento efectivo del reposo mediante visitas domiciliarias o cruzamiento de datos en registros administrativos.

No permitido

  1. Realizar trabajos: Desempeñar labores remuneradas o no remuneradas, de forma dependiente o independiente, incluyendo voluntariados de cualquier tipo.
  2. Salidas no médicas: Salir del hogar por motivos ajenos a la atención de salud o necesidades de primera necesidad (salvo en licencias psiquiátricas).
  3. Adulteración: Falsificar o alterar documentos de salud o licencias.
  4. Viajes al extranjero: Salir del país está estrictamente prohibido, con la sola excepción de las licencias prenatales y postnatales. Las licencias por enfermedad grave de hijo menor de un año y por patologías del embarazo no cuentan con este permiso.