El Tribunal Constitucional despejó el camino para la promulgación de la Ley para la Reconstrucción Nacional al dar la luz verde al grueso de la iniciativa impulsada por el Ejecutivo, aunque ordenó la supresión de tres disposiciones centrales del texto legislativo. La resolución del organismo dejó la megarreforma económica y regulatoria en condiciones de ser promulgada por el Presidente José Antonio Kast, poniendo fin a semanas de incertidumbre que habían retrasado los plazos previstos originalmente por el Ministerio de Hacienda para su entrada en vigencia.
Entre las normas tumbadas por el organismo destaca el artículo 12, el cual establecía indemnizaciones para proyectos cuyos permisos o Resoluciones de Calificación Ambiental resultaran anulados judicialmente, punto que había generado un intenso debate técnico y político durante la tramitación. Asimismo, la magistratura constitucional eliminó disposiciones vinculadas al financiamiento municipal y condiciones específicas sobre la entrega de compensaciones a los gobiernos locales, al considerar que generaban efectos regresivos en la equidad territorial y liberaban de obligaciones a las comunas con mayor capacidad de recaudación.
A pesar de estas extirpaciones del texto, la resolución mantuvo en pie aspectos estructurales del paquete legislativo, incluyendo mecanismos generales de compensación a municipios y la rebaja gradual del impuesto de Primera Categoría para el régimen general. La determinación del tribunal concluyó el control preventivo del proyecto y dio cierre a una serie de reveses del Ejecutivo ante la magistratura, abriendo la etapa final para que la Ley de Reconstrucción sea enviada a promulgación y posterior publicación en el Diario Oficial.
