Una querella criminal por el delito de maltrato corporal relevante (artículo 403 bis del Código Penal) fue ingresada ante el Juzgado de Garantía de Punta Arenas en contra de todos quienes resulten responsables de agresiones sufridas por un menor de 8 años.

El niño, de iniciales M.A.C.M., permaneció ingresado en la Residencia Familiar de Adolescencia Temprana de Punta Arenas —dependiente del Servicio de Protección Especializada de Magallanes— entre el 9 de julio y el 10 de agosto de 2026 por disposición del Juzgado de Familia de Cabo de Hornos.

Múltiples lesiones y agresiones constatadas

Según consta en la acción judicial presentada por la madre del afectado, y patrocinada por el abogado Robinson Quelín Álvarez, el menor habría sufrido diversos episodios de violencia física y hostigamiento por parte de otros residentes:

  1. Atenciones de Urgencia: Tras ser restituido a su madre el 10 de agosto de 2026, el menor fue ingresado al SAR Juan Damianovic al día siguiente. Un Dato de Atención de Urgencia (DAU) constataba múltiples lesiones físicas: hematomas en el rostro, tórax, abdomen, región lumbar y extremidades, además de una quemadura en la mano.
  2. Incompatibilidad de perfiles etarios: Se denunció que en el recinto residía una adolescente de 17 años que agredió al menor de 8 años, pese a que la oferta programática de dicha residencia está diseñada para un rango etario de 9 a 13 años.
  3. Medida cautelar solicitada: La querella solicita ordenar la prohibición de acercamiento de los funcionarios que cumplían labores en el recinto durante la estadía del menor.

Fallas en los mecanismos de protección estatales

El escrito advierte un grave fallo en el sistema proteccional del Estado, dado que profesionales y entes fiscalizadores habrían tomado contacto previo con el niño sin haber advertido o denunciado de forma oportuna la presencia de las lesiones físicas:

  1. Oficios del Juzgado de Cabo de Hornos: Se requirió a la Residencia de Adolescencia Temprana e instituciones afines un informe detallado en un plazo perentorio sobre los planes de contención, protocolos de emergencia y razones de la permanencia de adolescentes fuera del rango de edad.
  2. Derivación de antecedentes: Los antecedentes del caso fueron puestos en conocimiento del Ministerio Público, la Defensoría de la Niñez y autoridades judiciales de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas para indagar responsabilidades penales y administrativas.